El Ministerio de Industria, Energía y Turismo, a través del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), ha puesto en marcha un programa específico de ayudas y financiación, dotado con 200 millones de euros.
El objetivo de estas ayudas es incentivar y promover la realización de actuaciones de rehabilitación que supongan una mejora en lo que se refiera a conseguir un mayor ahorro energético, mejora de la eficiencia energética, aprovechamiento de las energías renovables y reducción de emisiones de dióxido de carbono, en los edificios existentes.
Otro de los objetivos que se persigue con la puesta en marcha de este Programa PAREER-CRECE es contribuir a alcanzar los objetivos establecidos en la Directiva 2012/27/UE, relativa a la eficiencia energética, y en el Plan de Acción 2014-2020.
La actuación que se llevará a cabo corresponde a lo marcado en la directiva europea sobre eficiencia energética, que obliga a los países miembros a trazar una estrategia a largo plazo para movilizar inversiones en la renovación exhaustiva y rentable de edificios residenciales y comerciales con el objetivo fundamental de conseguir mejorar el rendimiento energético de los edificios y reducir su consumo de energía.
Además, también servirá para que generen nuevas oportunidades de crecimiento y empleo en distintos sectores económicos, en especial en el sector de la construcción, favoreciendo la regeneración urbana.
Actuaciones que podrían recibir ayudas
- Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
- Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación.
- Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas.
- Sustitución de energía convencional por energía geotérmica en las instalaciones térmicas.
Beneficiarios de las ayudas
- Los propietarios de edificios existentes destinados a cualquier uso, bien sean personas físicas, o bien tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública.
- Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda, constituidas como Propiedad Horizontal.
- Los propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal.
- Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios.
- Las empresas de servicios energéticos.
Tipo de ayudas
Todas las tipologías y beneficiarios tendrán derecho a recibir una ayuda dineraria sin contraprestación complementada con un préstamo reembolsable.
- Ayuda dineraria sin contraprestación: El importe de la ayuda directa a otorgar será la suma de la Ayuda Base y la Ayuda Adicional.
- La ayuda adicional hasta alcanzar una ayuda máxima, que dependerá de los siguientes criterios:
- Criterio social: actuaciones que se realicen en edificios que hayan sido calificados como Viviendas de Promoción Pública y Viviendas de Protección Oficial en Régimen Especial, por el órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente, o bien las actuaciones sean realizadas en edificios de viviendas situados en las Áreas de Regeneración y Renovación Urbanas, de acuerdo con el Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Viviendas, la Rehabilitación Edificatoria, y la Regeneración y Renovación Urbanas 2013-2016.
- Eficiencia energética: actuaciones que eleven la calificación energética del edificio para obtener una clase energética “A” o “B”, en la escala de CO2, o bien, incrementen en (2) dos letras la calificación energética de partida.
- Actuación integrada: actuaciones que realicen simultáneamente la combinación de dos o más tipologías de actuación.
- Los préstamos reembolsables tendrán las condiciones siguientes:
- Tipo de interés: Euribor + 0,0 %
- Plazo máximo de amortización de los préstamos: 12 años (incluido un período de carencia opcional de 1 año)
- Garantías: Aval bancario, contrato de seguro de caución, o depósito en efectivo a favor del IDAE en la Caja General del Depósitos del Ministerio de Economía y Competitividad, por importe del 20% de la cuantía del préstamo.
- Las ayudas otorgadas en el marco del presente Programa, podrán ser objeto de cofinanciación con fondos FEDER del periodo 2014-2020, dentro del Programa Operativo de Crecimiento Sostenible.
Plazo de presentación de solicitudes
- Las ayudas podrán solicitarse hasta el 31 diciembre 2016. No obstante lo anterior, en caso de existir presupuesto remanente a la fecha de finalización del programa, y que la evolución de solicitudes lo hicieran recomendable, se podrá ampliar el plazo anterior como máximo hasta el 31 diciembre de 2020.
- Las solicitudes para la participación se efectuarán conforme al formulario que está disponible en la web de IDAE.
Presupuesto
- Este Programa estará dotado de un presupuesto máximo de 200.000.000 euros procedentes de:
- Un importe de 125.000.000 euros, aprobado por los Consejos de Administración del IDAE en sus sesiones número 197 y 199, de fecha 7 de mayo de 2013 y 25 de junio de 2013, con el número de expediente/proyecto 12.615, que tiene origen en los fondos para la financiación de planes de ahorro y eficiencia energética para 2013 previstos en el Real Decreto-ley 14/2010, de 23 de diciembre.
- Un importe de 75.000.000 euros, correspondientes al Plan de Medidas para el Crecimiento, la Competitividad y la Eficiencia (CRECE), transferidos al IDAE, con origen en la partida presupuestaria 20.18.425A.745 de los Presupuestos Generales del Estado 2015.
- El presupuesto total del Programa podrá incrementarse en el caso de que existan disponibilidades presupuestarias.