El Ayuntamiento de Madrid ha lanzado varias líneas de Ayudas Cambia 360 que se convocan este año 2025 para el fomento de la movilidad sostenible y la eficiencia energética, entre ellas, la destinada a la renovación de instalaciones térmicas con tecnologías menos contaminantes. Las subvenciones de esta línea de renovación de calderas por sistemas de climatización eficiente tienen abierto el plazo de solicitud hasta el 21 de noviembre, con un presupuesto de hasta 2,7 millones de euros.

En concreto, se han lanzado siete líneas de ayudas destinando este ejercicio 9,8 millones de euros ampliables hasta los 23,3 millones, para vehículos particulares, puntos de recarga, micromovilidad, distribución de mercancías, taxis, instalaciones térmicas y autobuses.
Renovación de instalaciones térmicas
La línea de Ayudas Cambia 360 para la renovación de instalaciones térmicas con tecnologías menos contaminantes para la anualidad 2025 tiene como novedad con respecto a convocatorias precedentes que desaparece como actuación subvencionable la sustitución de la calderas de gasóleo por calderas de gas independientes.
Se considera subvencionable la reforma de instalaciones térmicas que dispongan de generadores de calor que utilicen gasóleo y se sustituyan, total o parcialmente, por generadores de calor renovables sin combustión (bombas de calor de accionamiento eléctrico, instalaciones solares térmicas e instalaciones solares fotovoltaicas conectadas directamente a la instalación de producción de calor); o bien por sistemas híbridos que produzcan el calor en un porcentaje significativo mediante energía procedente de fuentes renovables, debiendo suministrarse los combustibles a través de redes de suministro urbanas que eviten el transporte de combustible. La potencia nominal de los generadores de calor no renovables no podrá ser superior al 70% de la potencia nominal total de la instalación una vez renovada.
Se subvencionarán aquellas reformas consistentes en la sustitución de instalaciones centralizadas de calefacción de edificios de uso residencial privado por instalaciones térmicas individuales en cada vivienda, y sólo podrán ser objeto de incentivo si los generadores de calor no producen emisiones locales (bomba de calor). En ningún caso serán subvencionables las actuaciones que se hagan sobre las instalaciones térmicas en edificios de nueva construcción, ni las realizadas en la ampliación de las instalaciones térmicas de edificios existentes, ni las que se realicen en las instalaciones térmicas de edificios existentes sometidos a un cambio de uso.
Además, los aparatos que se instalen han de ser nuevos, debiendo cumplir con los requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos relacionados con la energía.
En cuanto a los beneficiarios de estas ayudas, podrán optar a ellas las comunidades de propietarios de edificios de uso residencial privado con dos o más viviendas; así como las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes u otros entes sin personalidad jurídica propia, propietarios o arrendatarios de fincas de propiedad particular de dos o más viviendas o edificios de viviendas pertenecientes a comunidades de bienes, o propietarios/arrendatarios de establecimientos, locales o edificios pertenecientes al sector terciario.
Se concederán ayudas de hasta un límite de 6.000 euros por vivienda en comunidades de propietarios para sistemas de climatización híbridos y renovables. Cuando sea para uso terciario, la subvención llegará hasta el 40% del coste. Estas ayudas se pueden solicitar desde el 21 de abril y hasta el 21 de noviembre.