El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) ha abierto una consulta pública previa de la propuesta de Real Decreto relativo a la eficiencia energética en el sector público. El objetivo es dar cobertura a las obligaciones que la Directiva refundida de eficiencia energética (UE) 2023/1791 establece para el sector público, o que directa o indirectamente establecen la necesidad de impulso activo desde las administraciones públicas nacionales. En concreto, a través de esta propuesta se realizaría la transposición de los artículos 3, 5, 6 y 25 de la citada Directiva. Se podrán presentar alegaciones hasta el 10 de enero de 2025.
La Comisión Europea presentó en 2021 al Parlamento Europeo y al Consejo Europeo la propuesta de refundición de la Directiva sobre eficiencia energética, como parte del paquete ‘Fit for 55‘. En 2022, el Consejo Europeo acordó el texto y el Parlamento Europeo adoptó su posición. En marzo de 2023 se alcanzó un acuerdo provisional, y finalmente, el 20 de septiembre de 2023 se publicó el texto definitivo de la Directiva refundida de Eficiencia Energética (UE) 2023/1791 del Parlamento Europeo y del Consejo Europeo. Se identifican varias disposiciones asociadas a la importancia del sector público en el impulso de la eficiencia energética en sus instalaciones.
Tras la aprobación de la Directiva (UE) 2023/1791, se hace necesario transponer e incorporar en el ordenamiento jurídico nacional, las disposiciones, compromisos y obligaciones establecidas en la directiva.
Transposición de varios artículos de la Directiva refundida de eficiencia energética
El objetivo de la consulta pública previa es dar cobertura a las obligaciones que la Directiva (UE) 2023/1791 establece para el sector público, o que directa o indirectamente establecen la necesidad de impulso activo desde las administraciones públicas nacionales. Así, a través de esta propuesta normativa se realizaría la transposición de los artículos 3, 5, 6 y 25 de la Directiva. Entre las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias se encuentran medidas regulatorias, medidas de apoyo económico y buenas prácticas.
Se podrán presentar contribuciones en cuestiones relativas al artículo 3 sobre el principio de eficiencia energética primero, al artículo 6 sobre función ejemplarizante de los edificios de los organismos públicos, al artículo 5 sobre liderazgo del sector público en materia de eficiencia energética, y al artículo 25 sobre evaluación y planificación de la calefacción y la refrigeración.
El plazo para presentar documentación está abierto hasta el 10 de enero de 2025. Las alegaciones deberán remitirse a través de este enlace.