Audiencia pública para actualizar normas ITC BT-02 del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión

La actualización del listado de normas ITC BT-02 del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión se abre a audiencia pública

El Ministerio de Industria y Turismo ha abierto a audiencia e información pública el proyecto de resolución por la que se actualiza el listado de normas de la ITC BT-02 del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, aprobado por el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto. El principal objetivo es adaptar la reglamentación de seguridad de las instalaciones de baja tensión al nuevo paradigma de generalización del autoconsumo. El plazo para presentar alegaciones finaliza el 25 de diciembre de 2024.

Se pueden presentar alegaciones hasta el próximo 25 de diciembre.

La Asociación Española de Normalización (UNE) ha aprobado nuevas ediciones de normas contenidas en el listado de la instrucción técnica complementaria ITC BT-02, de acuerdo con los avances del estado de la técnica y/o las normas europeas. Por ser obsoletas, la UNE ha anulado normas contenidas en el listado de la instrucción técnica complementaria ITC BT-02 que no han sido sustituidas por nuevas normas. Por ello, se hace necesario la actualización de dichas normas de referencia de la Instrucción Técnica Complementaria (ITC) 02.

Por tanto, adaptar la reglamentación de seguridad de las instalaciones de baja tensión al nuevo paradigma de generalización del autoconsumo es el objetivo principal. En concreto, se aprueba una nueva Instrucción Técnica Complementaria (ITC) relativa a las instalaciones de sistemas de corriente continua.

Presentación de alegaciones a la audiencia pública

Las alegaciones podrán remitirse tanto a la dirección de correo participacion_csegind@mintur.es como por correo ordinario a la Subdirección General de Calidad y Seguridad Industrial (Paseo de la Castellana, 160 – planta 12, 28071 Madrid) hasta el 25 de diciembre.

Además, deben presentarse separando claramente los diferentes comentarios que se realicen, identificando el apartado y el texto al que se refiere cada uno. Con carácter general, las contribuciones recibidas se considerarán susceptibles de difusión pública.

 
 
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