Línea de ayudas a la cadena de valor industrial de las energías renovables y el almacenamiento

Línea de incentivos a la cadena de valor industrial de las energías renovables y el almacenamiento con 750 millones

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) ha publicado las bases reguladoras de la línea de ayudas a la cadena de valor industrial de las energías renovables y el almacenamiento. El objetivo es aumentar la capacidad de fabricación estratégica en España de paneles solares, bombas de calor, electrolizadores y sus componentes esenciales, entre otros, haciendo uso del marco temporal de ayudas de Estado aprobado por la Comisión Europea.

Estas ayudas permitirán desarrollar nuevas capacidades tecnológicas e industriales en energía solar y bombas de calor, entre otras.

Dotada con 750 millones de euros de la adenda del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), permitirá reforzar el ecosistema industrial en España de equipos y componentes de energías renovables, y desarrollar nuevas capacidades tecnológicas e industriales con el fin de garantizar la seguridad energética, aumentar la competitividad y descarbonizar la industria.

El Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía (IDAE) será el encargado de gestionar estas ayudas, que se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva y se instrumentarán como una subvención a percibir por el beneficiario, con carácter definitivo, una vez se acrediten los gastos subvencionables incurridos y se verifique la ejecución del proyecto. La vigencia de las bases reguladoras aprobadas por esta orden de bases publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) se extenderá desde su entrada en vigor hasta el 31 de diciembre de 2025.

Bombas de calor, energía solar fotovoltaica e hidrógeno renovable

Los proyectos subvencionables estarán enfocados a impulsar la cadena de valor innovadora y de conocimiento. Los equipos y componentes esenciales objetos de subvención se enmarcan en varias líneas de actuación: almacenamiento eléctrico, para la fabricación y ensamblaje de baterías, celdas de baterías y battery packs (no se incluyen las baterías que tengan por objeto principal su uso para movilidad eléctrica); energía solar fotovoltaica, para la fabricación y ensamblaje de paneles solares; energía eólica, para la fabricación y ensamblaje de turbinas eólicas; bombas de calor, para la fabricación y ensamblaje de bombas de calor; e hidrógeno renovable, para la fabricación y ensamblaje de electrolizadores.

Serán susceptibles de ayuda tanto la creación de establecimientos industriales para una nueva actividad de fabricación de los equipos y sus componentes esenciales en cualquier punto del territorio nacional, como las ampliaciones de la capacidad productiva instalada en centros existentes, a través de la implantación de nuevas líneas de producción. Asimismo, se subvencionará la reconversión de líneas existentes para la obtención de equipos y/o elementos que anteriormente no estuvieran en producción en la planta.

Respecto a las intensidades de subvenciones y los límites máximos de las mismas, en el caso de las inversiones realizadas por pequeñas empresas, las intensidades de ayuda podrán incrementarse en un 20% y en el caso de inversiones realizadas por medianas empresas en un 10%.

 
 
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