El Gobierno Vasco ha aprobado el programa de apoyo a empresas industriales y de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial, para fomentar las inversiones en instalaciones productivas, nuevas y/o existentes, que reduzcan las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI). A este programa se van a destinar 10 millones de euros. Entre las actuaciones subvencionables, se incentivarán los sistemas digitales de control y ahorro de consumo energético, las inversiones que permitan sustituir o reducir el consumo de combustibles fósiles y la electrificación de procesos térmicos.
El programa de ayudas va a permitir la anticipación en decisiones de inversión y va a acompañar a la industria vasca hacia la neutralidad climática. El sector industrial muestra su compromiso con este reto ya que dicho sector representa el 20% de las emisiones directas de Euskadi y el 30% de sus emisiones indirectas. Además, las emisiones de los sectores regulados han conseguido disminuir un 44% su consumo energético respecto a 2005.
Las ayudas están dirigidas a todos los sectores industriales para apoyar inversiones que favorezcan la descarbonización, respetando la normativa europea, cubriendo actuaciones derivadas tanto del consumo de energía como de los procesos de producción, y al mismo tiempo buscando la mayor simplificación posible, tanto para las empresas solicitantes como para los gestores públicos del programa de ayudas.
Las subvenciones tendrán un límite máximo de un millón y medio de euros por empresa y/o grupo de empresas, y el plazo de presentación de solicitudes estará disponible hasta el 20 de octubre de 2023.
Acceso a las subvenciones y plazo de solicitudes
Las PYME que cumplan con la característica de ser industriales extractivas, transformadoras, productivas y de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial, cuyas inversiones objeto de la ayuda se localicen en la Comunidad Autónoma de Euskadi, podrán acceder a las subvenciones. Las categorías 100 y 101 rigen el orden de las ayudas.
Se considera inversión subvencionable, a efectos del cálculo de las subvenciones, la adquisición de activos fijos que se incorporen al activo de la empresa en alguna de las siguientes categorías: 212 instalaciones técnicas, 213, 215 otras, y 217 equipos para procesos de información.
Podrá ser objeto de subvención la siguiente tipología de inversiones: sistemas de recuperación de calores residuales, inversiones que permitan sustituir o reducir el consumo de combustibles fósiles tales como utilización de hidrógeno de origen renovable o combustibles procedentes de biomasa, electrificación de procesos térmicos (bomba de calor y otros), sistemas digitales de control y ahorro de consumo energético, etc.
La presentación de las solicitudes, declaraciones responsables y demás documentos, así como la realización de trámites posteriores a la solicitud, incluidas las notificaciones, se realizarán a través de la opción ‘Mi carpeta‘ de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Los medios de identificación y firma electrónica admitidos en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi están accesibles en este enlace. El plazo de presentación de solicitudes se encuentra disponible hasta el 20 de octubre de 2023, a las 12:00 horas.