Abierto el programa de ayudas para paliar el coste de la energía a empresas y autónomos de Eibar

Fachada del Ayuntamiento de Eibar.

El Ayuntamiento de Eibar (Guipúzcoa) ha puesto en marcha un programa de ayudas dirigidas a autónomos/as y empresas para paliar los efectos del incremento del coste de la energía en las empresas locales y apoyar el mantenimiento de la actividad económica y del empleo en Eibar. Las empresas interesadas podrán presentar solicitudes hasta el 2 de octubre.

El plazo para solicitar estas ayudas que permitirán paliar los efectos del incremento de los costes de la energía finaliza el 2 de octubre.

Así, el Ayuntamiento ha dispuesto una partida económica de 200.000 euros, que se distribuirá entre aquellas empresas y/o autónomos que demuestren que en los dos últimos años el ejercicio de su actividad ha supuesto un sobrecoste en el consumo energético.

Sobrecoste del consumo energético

Para realizar el cálculo del sobrecoste del consumo energético de las empresas que quieran acogerse a la ayuda, se compararán los costes de energía de las facturas con fechas correspondientes a los periodos comprendidos entre el 1 de febrero de 2021 y el 1 de febrero de 2022, y entre el 1 de febrero de 2022 y el 1 de febrero de 2023. Para ello, la entidad solicitante deberá rellenar el fichero de ‘Cálculo del sobrecoste energético’ según el modelo disponible en la propia página web municipal, incorporando los importes de las facturas de estos periodos, donde automáticamente se obtendrá el sobrecoste sufrido.

Asimismo, para poder optar a la subvención será requisito necesario haber sufrido un incremento medio mínimo del 25% de los costes de energía en el periodo estipulado en las bases del programa, tomando como referencia las distintas fuentes de energía. La cuantía máxima a percibir por subvención será del 75% del sobrecoste, con los siguientes límites: incremento medio del coste energético entre el 25% y el 50%, 2.000 euros; incremento medio del coste energético de más del 50%, 3.000 euros.

Se tendrán en cuenta los siguientes suministros energéticos contratados por el/la solicitante: electricidad, gas natural, gases licuados de petróleo (GLP) a granel, o fluidos térmicos (agua caliente, fría, fluido frigorífico o vapor) generados en una central de infraestructuras comunes de un polígono industrial. En ninguno de los casos se subvencionará el IVA.

Además, a las empresas que hayan demostrado la realización de inversiones para mejorar la eficiencia energética o para promover el autoconsumo en sus centros de trabajo de Eibar, podrán obtener un incremento de la subvención de hasta 500 euros.

Requisitos y plazo de presentación

Para poder optar a la subvención, las empresas interesadas deberán cumplir una serie de requisitos, entre los que figuran estar dadas de alta en el IAE desde antes del 31 de enero de 2021; tener domicilio social y fiscal en Eibar y que a fecha de 1 de febrero de 2023 mantenga o amplíe su plantilla media respecto a la existente el 1 de febrero de 2022. La subvención solo se aplicará a los centros de trabajo en Eibar.

Quedarán excluidas de este programa de ayudas las siguientes actividades: salones recreativos, actividades económicas que se desarrollan en el domicilio particular; y empresas con participación pública, las sociedades públicas, las entidades de derecho público, las fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro, salvo aquellas que tengan reconocida la calificación de empresa de inserción por parte del Gobierno Vasco.

El plazo de presentación de las solicitudes por parte de las empresas interesadas en acogerse a estas ayudas está ya abierto y finalizará el 2 de octubre del presente año 2023. Las solicitudes deberán realizarse electrónicamente a través de la página web municipal, acompañando toda la documentación requerida, entre la que figurará un fichero de ‘Cálculo del sobrecoste energético’ según el modelo disponible en la propia página web municipal.

Si una vez agotada la partida habilitada existieran solicitudes sin atender y que cumplen los requisitos para acogerse a las ayudas, se podrá ampliar la partida presupuestaria a la que están imputadas las subvenciones para atender las no resueltas.

 
 
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