El Gobierno de Navarra ha publicado en el Boletín Oficial de Navarra (BON) la convocatoria de ayudas para la financiación de proyectos de eficiencia energética y economía circular en empresas turísticas. El presupuesto destinado a estas subvenciones es de 3.573.757 euros. El plazo de presentación de solicitudes está abierto y finaliza el 31 de diciembre de 2023.
Las actuaciones tendrán que realizarse en edificios o complejos de edificios destinados a alojamiento turístico ubicados en Navarra, construidos con anterioridad al 1 de enero del año 2007.
Además deben figurar inscritos con datos actualizados en el Registro de Turismo de Navarra como establecimientos hoteleros (hoteles, hostales y pensiones), casas rurales, apartamentos turísticos, campamentos de turismo, albergues turísticos; en edificios completos cuyo uso sea el alojamiento turístico y, excepcionalmente, en alojamientos turísticos que ocupen parcialmente un edificio, siempre que el presupuesto destinado a esta opción no supere el 50% de la dotación presupuestaria.
Envolvente, climatización e iluminación, entre las actuaciones
Los proyectos deben encuadrarse en una o varias de las tipologías previstas en las bases de la convocatoria como son la mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica; mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria, incluida la instalación de redes de calor y frío alimentadas por fuentes de energía renovable y/o calor residual para complejos turísticos de varios edificios; y mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.
Del mismo modo, las actuaciones tendrán que conseguir y justificar una reducción del consumo de energía primaria no renovable del 30% con respecto a la situación de partida. Esto se justificará mediante el certificado de eficiencia energética del edificio existente en su estado actual y el certificado de eficiencia energética del edificio alcanzada tras la reforma.
No serán subvencionables las actuaciones realizadas en edificios de nueva construcción, intervenciones en edificios existentes que supongan una ampliación, en los que se incremente la superficie o volumen construido, intervenciones en edificios existentes que conlleven un cambio de uso del edificio y otro tipo de actuaciones especificadas en la convocatoria.
Límite de los gastos subvencionables
Cuando alguno de los gastos subvencionables supere, IVA excluido, el importe de 30.000 euros (en el supuesto de coste por ejecución de obra) o de 12.000 euros (en el supuesto de suministro de bienes de equipo), la beneficiaria deberá acreditar que la elección del proveedor se ha realizado con criterios de eficiencia y economía, presentando para ello un mínimo de tres ofertas y justificando la elección de la oferta seleccionada en el formulario ‘Justificación de la elección del proveedor’ disponible en la ficha de las ayudas.
Solo se admitirán actuaciones iniciadas por parte de las beneficiarias con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de la ayuda. En ningún caso se considerará ningún coste relativo a la ejecución de la actuación que haya sido facturado con anterioridad. Además, este miércoles 1 de febrero a las 12:30 horas tendrá lugar un webinar informativo sobre las bases reguladoras de la convocatoria dirigido al sector turístico.