La Generalitat de Cataluña ha puesto en marcha una nueva línea de ayudas para mejorar la eficiencia energética de los alojamientos turísticos catalanes. El presupuesto total destinado a estas subvenciones es de 26.320.460 euros. Esta línea de ayudas se financiará mediante los Fondos Next Generation.
Las ayudas servirán para rehabilitar edificios destinados a alojamiento turístico como establecimientos hoteleros y de turismo rural, campings y apartamentos turísticos construidos antes del 1 de enero de 2007. El objetivo es favorecer el ahorro energético, el aprovechamiento de las energías renovables y la reducción de las emisiones de dióxido de carbono.
Beneficiarios y requisitos de las ayudas
Los beneficiarios podrán ser personas físicas o jurídicas de naturaleza privada que sean propietarias de edificios destinados a alojamiento turístico y que consten inscritos como tal en el Registro de Turismo de Cataluña; y empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios destinados a este tipo de alojamiento.
Las iniciativas para las que se soliciten estas ayudas tendrán que conseguir y justificar una reducción en el consumo de energía primaria no renovable del 30% respecto a la situación inicial. Las solicitudes para optar a estas ayudas se realizarán de manera telemática y serán atendidas por orden de presentación hasta que se agote el presupuesto.
Actuaciones de mejora de la eficiencia energética
Las actuaciones subvencionables pueden ser de tres tipologías. En primer lugar, las referentes a la mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica. La tipología dos se centra en la mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente (geotérmica, biomasa y solar principalmente). Finalmente, la tercera tipología tendrá en cuenta la mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.
Asimismo, sólo se admitirán como subvencionables las actuaciones iniciadas con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de ayuda. También hay que tener en cuenta que desde la fecha de notificación de la resolución se contará con doce meses para finalizar las obras.
Los proyectos deberán tener un mínimo de 20.000 euros de gasto subvencionable. La intensidad de la ayuda será del 50% en el caso de las actuaciones de tipología 1, del 40% para las de tipología 2, y del 20% en el caso del tercer tipo de actuación. Esta cifra se incrementará si se logra cambio de letra en la calificación energética y si se realizan actuaciones integradas.