La Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía, a través de la Dirección General de Transición Energética y Cambio Climático del Gobierno de La Rioja destina 1.303.962 euros a la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía. Se enmarcan en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en una convocatoria de ayudas que se ha publicado en el Boletín Oficial de La Rioja (BOR) y que estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2023 o hasta fin del presupuesto asignado a estas ayudas.
Esta convocatoria pretende que la generación de energía térmica, la utilizada para producir calor, para refrigerar o para el agua caliente (ACS), se produzca a partir de fuentes renovables.
Las tecnologías que se consideran limpias y subvencionables son la geotermia, la aerotermia o la biomasa, principalmente, y deben centrarse en el desarrollo de aplicaciones innovadoras en la industria y el sector servicios para lograr una reducción significativa de sus emisiones y un alto nivel de autoconsumo. También se contemplan las microrredes de distrito de calor y/o frío.
Dos líneas de ayudas
La primera de las líneas de estos fondos se destina a instalaciones en los sectores agropecuario, industrial y de servicios u otros, incluyendo el sector residencial, que dispondrá de un importe de 912.774 euros, un 70% del programa, aproximadamente.
La segunda línea se dirige a edificios no residenciales, establecimientos e infraestructuras del sector público como entidades locales o del sector público institucional de cualquiera de las administraciones, agrupaciones o consorcios y para los que se reserva un importe de 391.188 euros, el 30% restante.
Las ayudas de los programas de incentivos son compatibles con otras subvenciones o ayudas que pudieran concederse para la misma finalidad, procedentes de otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales en tanto que dicha ayuda no supere el total de los costes subvencionables, ni se superen los límites establecidos en la normativa europea.