La Comisión Europea (CE) ha aprobado el mecanismo ibérico para limitar el precio del gas y rebajar el precio de la electricidad en la Península Ibérica. Comenzará a aplicarse el 14 de junio y afectará a la casación del mercado mayorista de la electricidad que se celebrará ese día para fijar los precios del día siguiente, miércoles 15 de junio. El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la orden ministerial.
La Comisión ha aprobado el mecanismo ibérico tal y como está plasmado en el Real Decreto-ley 10/2022, de 13 de mayo, por el que se establece con carácter temporal un mecanismo de ajuste de costes de producción para la reducción del precio de la electricidad en el mercado mayorista, que ha sido convalidado en el Congreso de los Diputados el jueves 9 de junio.
Durante sus 12 meses de vigencia, hasta el 31 de mayo de 2023, esta medida rebajará las facturas de las familias y las empresas. También les protegerá de la volatilidad de los precios del gas en los mercados internacionales.
El mecanismo ibérico es una acción extraordinaria que se justifica por la escasa interconexión de la Península Ibérica con el resto de Europa, que supone una desventaja para su integración en el mercado europeo. El acuerdo alcanzado con la Comisión para implementar el mecanismo incluye trabajar activamente para revertir esta situación desfavorable.
Medida de 8.400 millones de euros
En mayo de 2022, España y Portugal notificaron a la Comisión su intención de adoptar una medida de 8.400 millones de euros (6.300 millones de euros para España y 2.100 millones de euros para Portugal) para reducir los costes de los insumos de las centrales eléctricas alimentadas con combustibles fósiles con el objetivo de reducir sus costes de producción y, en última instancia, el precio en el mercado eléctrico mayorista, en beneficio de los consumidores.
El apoyo consiste en una subvención directa a los productores de electricidad destinada a financiar parte de su costo de combustible. El pago diario se calculará en función de la diferencia de precio entre el precio de mercado del gas natural y un precio tope del gas fijado en 48,8 euros/MWh de media durante la vigencia de la medida.
En concreto, durante los primeros seis meses de aplicación de la medida, el precio tope real se fijará en 40 euros/MWh. A partir del séptimo mes, el precio tope se incrementará en 5 euros mensuales, resultando un precio tope de 70 euros/MWh hasta el duodécimo mes.
La medida será financiada por parte de los llamados ‘ingresos de congestión’ (es decir, los ingresos obtenidos por el Operador del Sistema de Transporte español como resultado del comercio transfronterizo de electricidad entre Francia y España), y un gravamen impuesto por España y Portugal a los compradores beneficiarios de la medida.
Evaluación de la Comisión
La Comisión evaluó la medida con arreglo a las normas sobre ayudas estatales de la UE, en particular el artículo 107, apartado 3, letra b), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), que permite a los Estados miembros conceder ayudas a empresas o sectores específicos para remediar una perturbación grave en la economía de un Estado miembro.
La Comisión concluyó que la medida se ajusta a las normas sobre ayudas estatales de la UE. En particular, la Comisión encontró que la limitada capacidad de interconexión de la Península Ibérica, la elevada exposición de los consumidores a los precios mayoristas de la electricidad, así como la elevada influencia del gas en la fijación de precios de la electricidad ha supuesto una perturbación grave para las economías española y portuguesa.
En particular, el mecanismo reducirá los precios de la electricidad al por mayor para los consumidores sin afectar las condiciones comerciales en una medida contraria al interés común. La medida no va más allá de lo necesario para hacer frente a los precios excepcionalmente altos de la electricidad en la Península Ibérica.
Finalmente, la medida minimiza las distorsiones de la competencia y evita posibles impactos negativos en el funcionamiento de los mercados de electricidad al contado y a plazos. Además, de acuerdo con las normas del Mercado Interior, la medida no da lugar a restricciones transfronterizas al comercio ni a la discriminación entre consumidores ibéricos y no ibéricos.