La Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática junto con la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo han impulsado de manera conjunta la ‘Zonificación Climática de la Comunidad Valenciana’ a partir de registros reales de temperatura y radiación. De esta manera, la Generalitat Valenciana ha adecuado la caracterización climática del Código Técnico de la Edificación (CTE) a la realidad de la comunidad autónoma.
De hecho, casi el 50% de municipios de esta región pueden rebajar su zona climática de invierno con lo que se facilitará el acceso a los fondos europeos para la rehabilitación de edificios. Este atlas climático mejora la caracterización climática de los municipios para su uso en el cumplimiento de las exigencias básicas del requisito de ahorro de energía del CTE y los procedimientos de certificación energética de edificios.
En la elaboración del documento han participado la dirección general de Calidad, Rehabilitación y Eficiencia Energética, el Instituto Valenciano de la Edificación (IVE) y el Área de Energía del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (Ivace). Hoy en día se encuentra en tramitación para ser Documento Reconocido para su uso en el CTE.
Determinación de la zona climática
La demanda de calefacción o refrigeración de un inmueble y, por consiguiente, su consumo de energía primaria será mayor o menor en función de las condiciones ambientales de su ubicación y, por lo tanto, de su zona climática. Esto condiciona la elección de los materiales y el diseño de los elementos constructivos empleados.
Es fundamental a la hora de rehabilitar un edificio ajustar las necesidades energéticas de las viviendas a la realidad climática de su emplazamiento y así lograr el máximo confort con el mínimo consumo energético e impacto medioambiental. Para determinar la zona climática correspondiente a cada emplazamiento se establecen zonas identificadas mediante una letra, correspondiente a la división de invierno (A, B, C, D y E) y un número para la clasificación de verano (1, 2, 3 y 4).
Según los cálculos realizados con esta metodología, de los 542 municipios de la Comunidad Valenciana, 265 reducen su Severidad Climática de Invierno (SCI). La zona climática en la que se encuentra un edificio sirve para establecer los valores límite de consumo de energía primaria, cuantificar las necesidades energéticas de la vivienda y estimar las emisiones de CO2.
Edificios situados en zonas climáticas C, D y E
Para optar a las ayudas a la rehabilitación de viviendas de los fondos europeos Next Generation, los edificios situados en zonas climáticas C, D y E deberán alcanzar, además de una reducción de un 30% de consumo de energía primaria no renovable, una reducción adicional en la demanda de calefacción y refrigeración.
Teniendo en cuenta la nueva zonificación, 167 municipios quedarían exentos de esa obligación y 49 rebajarían la exigencia del 35% al 25%. Esto disminuye considerablemente las exigencias técnicas y facilita, por tanto, el acceso a estos tan necesarios fondos a muchas personas, según ha destacado el director general de Calidad, Rehabilitación y Eficiencia Energética, Alberto Rubio.