El Ayuntamiento de Lasarte-Oria presenta ayudas para rehabilitación energética de viviendas

El alcalde y concejal de Urbanismo, Agustín Valdivia,

Con el objetivo de fomentar la eficiencia energética de las viviendas, el Ayuntamiento de Lasarte-Oria en Gipuzkoa ha presentado una convocatoria de ayudas, dotada con un presupuesto de 60.000 euros, destinadas a proyecto de rehabilitación energética.

El alcalde y concejal de Urbanismo, Agustín Valdivia, durante la presentación de la convocatoria de ayudas para la rehabilitación energética de viviendas.

Las bases de esta convocatoria tienen cuatro líneas de actuación, dos para comunidades de propietarios y otras dos para propietarios de viviendas.

Actuaciones subvencionables y cuantías

Las comunidades de vecinos pueden solicitar subvenciones para la instalación de un sistema de producción de agua caliente sanitaria (ACS) mediante energía solar térmica o para instalar un sistema de calefacción y ACS centralizado con caldera de biomasa u otros sistemas de energías renovables, que incluyan distribución para control de consumos individualizados.

En el caso de los proyectos para instalar sistemas de producción de ACS mediante energía solar térmica, la cuantía de la ayuda será el 10% del coste de la instalación, con un límite de 6.000 euros por comunidad de propietarios. El coste subvencionable incluirá tanto el coste de la instalación como los costes de los proyectos técnicos necesarios para la instalación, siempre que se cumpla con los requisitos exigidos en el Anexo I.

La instalación de sistemas de calefacción y ACS centralizados con caldera de biomasa u otros sistemas de energías renovables, que incluyan distribución para control de consumos individualizados, tendrán una cuantía total del 10% del coste de la instalación, con un límite de 6.000 euros por comunidad de propietarios. En el coste de la instalación se incluirán los costes de los proyectos técnicos necesarios para la instalación, siempre que se cumpla con los requisitos exigidos en el Anexo I.

Por su parte, las dos líneas de actuación para los propietarios de viviendas están destinadas a la sustitución de calderas individuales existentes por calderas de condensación de alto rendimiento y a la sustitución de cerramientos acristalados (ventanas y puertas exteriores).

En el paquete de ayudas para propietarios de viviendas, la cuantía será de 400 euros para la sustitución de calderas individuales existentes por otras calderas de condensación de alto rendimiento. Por otro lado, la sustitución de cerramientos acristalados podrá disfrutar de una subvención a fondo perdido del 30% del coste subvencionable de la inversión realizada, siendo este coste máximo subvencionable por cada m² de ventana de 400 euros y, en todo caso, 1.200 euros el máximo de subvención por vivienda. En el cálculo del presupuesto protegible, se podrán incluir tanto los costes de las ventanas en su conjunto (marco, acristalamiento y cajón de la persiana), como los costes de albañilería.

Beneficiarios de las ayudas

Por lo tanto, podrán solicitar estas subvenciones las comunidades de propietarios de edificios de tipología residencial colectiva en régimen de propiedad horizontal del inmueble sobre el que se propone la actuación y los propietarios de viviendas.

Podrán solicitar estas ayudas aquellas obras realizadas en edificios cuya construcción haya finalizado antes del 1 de enero de 2000, quedando excluidos los edificios de tipología de villa unifamiliar o bifamiliar, aislada o adosada.

En lo que respecta a 2020, podrán acceder a las ayudas todas aquellas actuaciones que conforme a las bases sean susceptibles de ser subvencionadas por cumplir con los requisitos exigidos en las mismas y su ejecución haya finalizado en el año 2020. Para estas actuaciones se destinan 20.000 euros.

En lo que respecta a 2021, podrán acceder a las ayudas todas aquellas actuaciones que conforme a las bases sean susceptibles de ser subvencionadas por cumplir con los requisitos exigidos en las mismas y su ejecución finalice antes del 31 de octubre de 2021. Para estas actuaciones se destinan 40.000 euros.

Plazo de presentación

Para aquellas obras susceptibles de subvención conforme a estas bases finalizadas en el ejercicio 2020, el plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado desde la publicación en el Boletín oficial de Gipuzkoa de esta convocatoria.

Para aquellas obras susceptibles de subvención conforme a estas bases que finalicen antes de 31 octubre del año 2021 se contemplan dos plazos. Si están finalizadas a la fecha de publicación de esta convocatoria, el plazo de presentación será también de un mes desde su entrada en vigor. Por el contrario, si finalizan con posterioridad a la entrada en vigor de estas bases, antes del día 20 de noviembre de 2021.

Compatibilidad de las ayudas

Las subvenciones objeto de estas bases serán compatibles con otras subvenciones de otras Administraciones Públicas, siempre que el importe total concedido no supere el 100% del coste real efectivo de la obra, reduciéndose la subvención, si esto ocurriese, hasta el límite máximo correspondiente.

Las subvenciones no serán compatibles con las ayudas para la rehabilitación energética de los edificios de Basaundi bailara.

 
 
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