El programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes en municipios y núcleos de menos de 5.000 habitantes (Programa PREE 5.000) cuenta con un presupuesto de 50 millones de euros, ampliables si hay disponibilidad presupuestaria, y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2023.
El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco), ha aprobado el real decreto que regula el Programa PREE 5.000, incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).
El objetivo del programa es impulsar la sostenibilidad de la edificación en los municipios y núcleos de menos de 5.000 habitantes en España, y se concederá especial atención a la concesión de ayudas para llevar a cabo actuaciones de rehabilitación en aquellos edificios que acogen a colectivos vulnerables y afectados por pobreza energética.
Envolvente térmica, instalaciones térmicas e iluminación
Las actuaciones subvencionables abarcan desde cambios en la envolvente térmica, hasta la sustitución de instalaciones de generación térmica con combustibles de origen fósil por generación térmica basada en fuentes renovables como la biomasa, la geotermia, la solar térmica o la bomba de calor; y la incorporación de tecnologías de regulación y control, así como la mejora en la eficiencia energética en la iluminación.
Además, el programa pretende promover las actuaciones realizadas por comunidades de energías renovables o comunidades ciudadanas de energía.
Las actuaciones subvencionables se llevarán a cabo en edificios de vivienda unifamiliar, edificios de tipología residencial colectiva de vivienda, y edificios de cualquier otro uso: administrativo, sanitario, docente, cultural, etc.
Los edificios deben haber sido construidos antes de 2007 y tendrán que ahorrar un 30% de energía primaria no renovable, así como mejorar su calificación energética total en, al menos, una letra con respecto a la calificación inicial.
No se subvencionarán las actuaciones realizadas en edificios de nueva construcción, las que supongan una ampliación que incremente superficie o volumen construido, ni las que conlleven un cambio de uso de edificio.
Cuantías de las ayudas y destinatarios
Las cuantías de las ayudas base contempladas para actuaciones en edificios completos, serán del 50% para la tipología de mejora de la envolvente; 40% para actuaciones en mejora de las instalaciones térmicas y 20% para mejoras de eficiencia energética en instalaciones de iluminación.
También tendrán derecho a una ayuda adicional por mejora de la eficiencia energética aquellas actuaciones que eleven la calificación energética del edificio para obtener una clase energética A o B, en la escala de CO2, o bien incrementen en dos letras la calificación energética de partida.
Los destinatarios del programa serán los propietarios de edificios existentes destinados a cualquier uso; las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales; las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios; las empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios energéticos; las entidades locales y el sector público institucional de las administraciones públicas; las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía; ayuntamientos, diputaciones provinciales o entidades locales equivalentes, y las mancomunidades o agrupaciones de municipios españoles, cabildos y consejos insulares, además de las administraciones de las comunidades autónomas.
Comunidades autónomas
El Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía (IDAE) es la entidad encargada de coordinar el programa con las comunidades autónomas. La concesión de las ayudas establecidas por el real decreto aprobado permite a las CC.AA. beneficiarias destinar los créditos correspondientes a los destinatarios últimos, así como ejecutar directamente las actividades objeto de las ayudas.
Los criterios de distribución del presupuesto de 50 millones de euros entre las comunidades autónomas son el número de municipios y núcleos de menos de 5.000 habitantes y su población en cada comunidad autónoma, ponderados al 50% cada criterio.