El proyecto de orden ministerial por el que se modifica la orden que permite un reparto variable para cada hora del año de la energía generada por las instalaciones de autoconsumo compartido se ha sometido a consulta pública. El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) inició el viernes 12 de marzo el periodo de información pública en el que se podrá participar hasta el 5 de abril.
Esta orden modifica el Anexo I del Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, que regula las condiciones de autoconsumo de energía eléctrica y habilita la figura del autoconsumo colectivo para fomentar esta fórmula en las comunidades de propietarios o en los polígonos industriales.
Coeficientes dinámicos para cada hora del año
Los coeficientes de reparto se emplean para distribuir la energía generada por las instalaciones de autoconsumo entre todos sus consumidores. Hasta ahora, la normativa vigente establece coeficientes de reparto fijos para usuarios de autoconsumo compartido, pero prevé la posibilidad de que estos evolucionen hacia coeficientes variables.
El objetivo de esta modificación es que los usuarios de autoconsumo colectivo puedan establecer coeficientes dinámicos para cada hora del año. Esto permite optimizar el reparto de energía generada por la instalación de autoconsumo compartido entre sus usuarios, especialmente cuando existen pautas de consumo muy diferentes, como puede ser el caso de edificios que combinen locales comerciales, oficinas y viviendas.
No obstante, el proyecto de orden mantiene la posibilidad de utilizar coeficientes fijos para los autoconsumos colectivos que lo deseen.
Coeficientes variables
Los coeficientes variables deben establecerse con anterioridad a que se produzcan los consumos y se genere la energía para evitar dificultades y retrasos en la facturación, en la interacción entre las distintas comercializadoras y en la remisión de los datos a estas. La información de los coeficientes de reparto debe comunicarse al encargado de la lectura en un fichero de formato de texto plano de extensión .txt
En concreto, los coeficientes variables deberán establecerse para cada hora del año (tendrán que sumar 1 en cada una de esas franjas) y no se podrán cambiar con una periodicidad inferior a doce meses.
Para no penalizar los consumos colectivos ya establecidos, de manera excepcional se prevé que estos puedan realizar una primera modificación hacia coeficientes variables, aunque no haya transcurrido un año desde que iniciaron su autoconsumo.
Para participar en el proceso de audiencia e información pública se podrán enviar las aportaciones hasta el próximo 5 de abril de 2021 al correo electrónico bzn-autoconsumo@miteco.es indicando en el asunto “Coeficientes Variables Autoconsumo”.