La Consejería de Empleo e Industria de Castilla y León ha lanzado el Plan Renove de calderas y calentadores mediante una convocatoria de ayudas dotada de 198.000 euros. Así, se pretende incentivar la sustitución de estas instalaciones obsoletas en viviendas individuales por otras que cumplan la normativa en materia de eficiencia energética, seguridad y reducción de emisiones. El plazo de solicitud finalizará el próximo 15 de noviembre.
El Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, prohíbe la instalación de nuevos equipos de gas de tipo atmosférico por razones de seguridad, promueve la utilización de calderas de condensación y concreta las prescripciones de eficiencia energética recogidas en el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
En este contexto, las subvenciones lanzadas por la Consejería de Empleo e Industria de Castilla y León persiguen que la ciudadanía evite los riesgos de mantener en sus hogares instalaciones poco seguras, y al mismo tiempo, impulsar políticas de ahorro energético y reducción de contaminantes.
Solicitud de las ayudas
Pueden solicitar las ayudas los propietarios de viviendas empadronados en Castilla y León que procedan a renovar sus calderas de calefacción y calentadores de agua individuales con más de diez años de antigüedad hasta el próximo 15 de noviembre. Este plazo coincide con el habilitado para cursar la petición de la subvención, un trámite que deberá realizar de forma telemática el instalador habilitado, en representación de su cliente.
Como novedad, en esta convocatoria se ha simplificado el procedimiento, de manera que bastará la presentación de una declaración responsable -siempre que la legislación lo permita- para acreditar que se ha sustituido una caldera o calentador cumpliendo los requisitos determinados en la orden.
La cuantía individual de la ayuda podrá alcanzar hasta los 500 euros, dependiendo de las características del equipo reemplazado. El régimen de concesión es de concurrencia no competitiva y se realizará por orden de presentación de solicitudes, desde el momento en el que el expediente esté completo.