Informe de la CNMC sobre la propuesta de modificación del reglamento de instalaciones térmicas

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha publicado un informe sobre el Proyecto de Real Decreto por el que se modifica parcialmente el Real Decreto 1027/2007, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE). El texto transpone la normativa europea sobre eficiencia energética.

El CNMC indica que se valoran positivamente las medidas encaminadas a la automatización y control de las instalaciones por su potencial impacto en el ahorro energético.

Las instalaciones térmicas son las instalaciones fijas de climatización (calefacción, refrigeración y ventilación) y de producción de agua caliente sanitaria, destinadas a atender la demanda de bienestar térmico e higiene de las personas. El Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios establece las exigencias de eficiencia energética y seguridad que deben cumplir las citadas instalaciones durante su diseño, ejecución, mantenimiento y uso, así como determina los procedimientos que permitan acreditar su cumplimiento.

Eficiencia energética de las instalaciones

El CNMC afirma que, con carácter general y sin perjuicio de la valoración que debiera hacerse de la futura revisión íntegra del RITE, que se producirá a corto plazo, las medidas implementadas en favor de una mayor eficiencia energética de las instalaciones se valoran positivamente, por el impacto del sector de la edificación en el consumo de energía y las posibilidades de ahorro energético en este ámbito. Respecto a la futura revisión, la CNMC recuerda la conveniencia de que la Comisión pueda realizar la valoración correspondiente en ejercicio igualmente de su función consultiva.

Adicionalmente, existen cuestiones susceptibles de mejora desde el punto de vista de competencia y regulación económica eficiente:

La CNMC es el organismo independiente regulador de los mercados que garantiza y promueve una competencia efectiva. Este informe se emite a solicitud del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en ejercicio de las competencias consultivas de la CNMC en aplicación del artículo 5.2 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

 
 
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