El Ayuntamiento de Reus (Tarragona) apuesta por el autoconsumo de energía solar en los edificios de la ciudad; por esa razón, ha llevado al pleno municipal una propuesta para que aquellos inmuebles que cuenten con este tipo de instalaciones, tanto térmicas como fotovoltaicas, se beneficien de una reducción del IBI, que oscilará entre el 30% y el 50%.
Con este fin, el consistorio llevará al próximo pleno municipal la propuesta de modificación de la ordenanza fiscal que regula el impuesto de bienes inmuebles. El objetivo es doble: apostar por el impulso de la energía verde y contribuir a la reactivación económica de Reus.
Según ha informado el concejal de Recursos Humanos y Medio Ambiente, Daniel Rubio, el acuerdo está pendiente de la consideración de la Comisión Informativa de Servicios de Hacienda y Servicios Generales. La propuesta del ejecutivo local es aplicar bonificaciones de entre un 30% y un 50% de la cuota íntegra del impuesto, para aquellos inmuebles que instalen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar. Los edificios se beneficiarán de esta bonificación durante dos años consecutivos.
Aplicación de la bonificación
Este beneficio fiscal será de aplicación a los bienes inmuebles que realicen instalaciones de autoconsumo con energía solar fotovoltaica cuya potencia eléctrica instalada sea mayor o igual al 30% de la contratada. En caso de que la instalación de autoconsumo alimente varios bienes inmuebles, se tendrá en cuenta la suma de las potencias contratadas.
La bonificación se aplicará en función del valor de los inmuebles, de acuerdo con los siguientes tramos: para inmuebles de valor catastral de hasta 75.000 euros, el 50% de la cuota íntegra; para edificios de valor catastral de más de 75.000 y hasta 150.000 euros, el 40%; para aquellos de valor catastral de más de 150.000 y hasta 250.000 euros, el descuento será del 30%.
En el caso de viviendas plurifamiliares que tengan una instalación de autoconsumo fotovoltaico para suministrar electricidad a los elementos comunes, la bonificación será del 5% sobre la cuota íntegra por cada vivienda.
Presentación de solicitud
La concesión de la bonificación en el IBI se hará previo informe favorable de los servicios técnicos de medio ambiente municipales.
Para tener derecho a esta reducción fiscal, se deberá presentar la solicitud dentro del plazo de seis meses a contar desde la ejecución de la instalación. La solicitud deberá acompañarse de los documentos que acrediten que la instalación está ejecutada y legalizada ante la Generalitat de Cataluña.