Prohibido cortar los suministros energéticos a los consumidores vulnerables como medida para mitigar el impacto del COVID-19

El Gobierno prohíbe el corte de suministro de agua, electricidad y gas natural a consumidores vulnerables durante un mes prorrogable

Durante un mes, que podrá ser prorrogable, el Gobierno prohíbe el corte de suministros energéticos como electricidad, agua y gas natural a los consumidores vulnerables, vulnerables severos o en riesgo de exclusión social. Esta medida, propuesta por el Ministerio de Transición Ecológica y Reto demográfico (Miteco) viene recogida en el Real Decreto-Ley de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, aprobado por el Consejo de Ministros el martes 17 de marzo.

La prohibición del corte de suministro de agua, electricidad y gas será aplicable a los usuarios con condición de consumidor vulnerable, vulnerable severo o en riesgo de exclusión social definidos en los artículos 3 y 4 del Real Decreto Ley 897/2017.

Asimismo, se prorroga la vigencia del bono social eléctrico a los beneficiarios que debían renovar su solicitud, quienes podrán realizar el trámite hasta el próximo 15 de septiembre.

La norma también suspende la revisión de los precios máximos de venta al público de los gases licuados del petróleo envasados, como las bombonas de butano, y de la Tarifa de Último Recurso (TUR) de gas natural, para evitar que suban. Se mantendrán los precios actuales durante los próximos seis meses.

Servicios esenciales en el estado de alarma

El suministro domiciliario de agua potable, electricidad y gas natural constituyen servicios esenciales que, en las actuales circunstancias, deben quedar garantizados. Con este fin, el Real Decreto-ley imposibilita el corte de suministro de agua, electricidad y gas natural a los usuarios con condición de consumidor vulnerable, vulnerable severo o en riesgo de exclusión social definidos, respectivamente, en los artículos 3 y 4 del Real Decreto Ley 897/2017, de 6 de octubre. Con carácter general, tiene esta condición cualquier beneficiario del bono social eléctrico.

Toda la información y los requisitos para acceder al bono social eléctrico están disponibles en la web https://www.bonosocial.gob.es.

 
 
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