El Consejo Europeo aprueba las directrices de negociación para modernizar el Tratado sobre la Carta de la Energía

Consejo Europeo.

El Consejo Europeo ha conferido a la Comisión Europea un mandato para iniciar negociaciones acerca de la modernización del Tratado sobre la Carta de la Energía. También ha aprobado las correspondientes directrices de negociación.

Sede del Consejo Europeo.

El objetivo de las negociaciones es modernizar las disposiciones del Tratado de forma que tenga en cuenta los objetivos de desarrollo sostenible y relativos al clima, así como las normas modernas de protección de las inversiones y resolución de litigios entre inversores y Estados. El objetivo del Tratado modernizado debe ser facilitar las inversiones en el sector de la energía de un modo sostenible, ofrecer seguridad jurídica y garantizar un nivel elevado de protección de las inversiones.

Protección de las inversiones

Entre los principales elementos de las directrices de negociación de la UE se encuentra el empeño por garantizar que los objetivos en materia de cambio climático y transición hacia energías limpias queden reflejados en el Tratado modernizado. Esto implica aclarar que la UE puede exigir a los participantes en el mercado procedentes de terceros países que cumplan la legislación aplicable de la UE y de los Estados miembros, en particular la relativa a la política de medio ambiente y de seguridad.

La UE procurará adaptar las disposiciones sobre protección de las inversiones a las normas modernas de los acuerdos celebrados recientemente por la UE y sus Estados miembros. También tendrá el objetivo de velar por que el Tratado modernizado siga aspirando a un elevado nivel de protección de las inversiones. El Tratado modernizado debe reiterar de forma explícita el denominado «derecho a regular», es decir, el derecho de las partes contratantes a adoptar medidas para la protección de la salud, la seguridad, el medio ambiente y otros objetivos de política pública.

La UE también pretende aclarar que las disposiciones sobre protección de las inversiones no pueden interpretarse como un compromiso de las partes contratantes de no modificar su legislación. Las disposiciones en materia de resolución de litigios entre inversores y Estados deben reflejar el planteamiento de la UE en sus acuerdos de protección de las inversiones y la posición adoptada por esta en las reformas multilaterales en curso.

Procedimiento

El 14 de mayo de 2019, la Comisión presentó al Consejo una Recomendación de Decisión del Consejo por la que se autoriza el inicio de las negociaciones sobre la modernización del Tratado sobre la Carta de la Energía. Dado que esta cuestión afecta tanto a las competencias de la UE como a las de los Estados miembros, son necesarias dos decisiones distintas.

Por consiguiente, en su sesión del 15 de julio de 2019, el Consejo adoptó una Decisión por la que se autoriza a la Comisión a entablar negociaciones para las cuestiones que son competencia de la UE.

Al mismo tiempo, los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros que son partes en el Tratado sobre la Carta de la Energía, reunidos en el seno del Consejo, adoptaron una Decisión para los elementos que son competencia de los Estados miembros.

Antecedentes

El Tratado sobre la Carta de la Energía es un acuerdo multilateral que ofrece un marco para el comercio y la inversión en el ámbito de la energía. Se firmó en diciembre de 1994 y entró en vigor en abril de 1998. En la actualidad el Tratado tiene 53 signatarios y partes contratantes, entre ellos la mayoría de los Estados miembros de la UE, así como la UE y Euratom.

Las disposiciones fundamentales del Tratado se refieren a la protección de las inversiones, el comercio de materias y productos energéticos, el tránsito y la solución de controversias. La mayor parte de las disposiciones no se han revisado desde los años noventa del siglo pasado. Esto ha generado problemas, sobre todo en el ámbito de la protección de las inversiones, que ya no se ajusta a las normas modernas.

 
 
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