El próximo 30 de junio finaliza el plazo para que los hogares de la Comunidad de Madrid puedan solicitar las ayudas para instalaciones de autoconsumo fotovoltaico. Estas subvenciones, gestionadas por la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, forman parte del II Plan de Impulso de Instalaciones de Autoconsumo Fotovoltaico en el Sector Residencial.
La dotación presupuestaria para esta convocatoria será de 170.000 euros. En concreto, la parte subvencionable alcanzará el 30% del importe por el material, siendo el máximo subvencionable 15.000 euros por instalación. La fecha de presupuestos, facturas y justificantes de pago deberán estar comprendidas entre el 18 de diciembre de 2018 y el 30 de junio de 2019.
Inversiones subvencionables y beneficiarios de las ayudas
Tendrán la consideración de inversiones subvencionables aquellas actuaciones realizadas en edificios destinados a uso residencial ubicados en la Comunidad de Madrid o que hayan sido realizadas por una Empresa Instaladora Adherida al Plan.
No se considerarán subvencionables las instalaciones que se realicen de forma obligatoria conforme a lo establecido en disposiciones normativas.
Podrán acogerse a las ayudas reguladas en estas bases y obtener la condición de beneficiarios de las mismas todas aquellas personas físicas o jurídicas titulares o arrendatarios de los inmuebles en los que se realice la instalación de módulos solares fotovoltaicos para su uso como autoconsumo de energía eléctrica.
II Plan de Impulso de Instalaciones de Autoconsumo Fotovoltaico en el Sector Residencial
La ejecución del II Plan de Impulso de Instalaciones de Autoconsumo Fotovoltaico en el Sector Residencial de la Comunidad de Madrid es considerada de máximo interés por la Fundación porque su ejecución contribuye al cumplimiento de los objetivos perseguidos por el Gobierno regional en el ámbito del ahorro y de la eficiencia energética, garantizando la calidad del suministro y permitiendo reducir las facturas de los hogares madrileños.
La finalidad de este Plan de Impulso es reducir la demanda energética, disminuir la factura de los usuarios e impulsar el desarrollo de las energías renovables.
Según se explica en la citada Orden, las ayudas serán gestionadas «mediante un procedimiento de concesión directa, aunque ello no exime de la previa comprobación de la concurrencia en el solicitante de los requisitos establecidos respetando siempre los necesarios controles que permitan aplicar los principios de eficacia y eficiencia en la gestión del gasto público».