El pasado 5 de abril el Consejo de Ministros dio luz verde al Real Decreto 244/2019 por el que se regulan las condiciones del autoconsumo eléctrico. El nuevo marco jurídico hace viable en España posibilidades de implementación de esta tecnología que hasta ahora no eran posibles, como las instalaciones colectivas y de proximidad. Otra de las novedades del Real Decreto es la simplificación de los trámites administrativos y de compensación de excedentes. Para ayudar a consumidores e instaladores a comprender los nuevos procedimientos, el Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía ha elaborado una guía junto a EnerAgen. Sobre esta guía y sobre las novedades introducidas en el autoconsumo eléctrico hemos hablado con Joan Groizard, director de Energías Renovables y Mercado Eléctrico del IDAE.
ESEFICIENCIA: El pasado mes de abril, tras la publicación del Real Decreto 244/2019, fue publicada la primera versión de la Guía de Tramitación del Autoconsumo, promovida por el IDAE, que se irá actualizando según se avance en el desarrollo del autoconsumo. ¿Cuál es el objetivo fundamental de esta publicación y a qué público va dirigida?
Joan Groizard: Esta guía está destinada a empresas y profesionales del sector, administraciones públicas o personas interesadas en profundizar en el detalle de lo que supone el nuevo Real Decreto 244/2019 relativo al autoconsumo, que quieran tener localizado en un único documento las implicaciones y posibilidades de tramitación.
No está pensada para el usuario medio que se esté planteando optar por el autoconsumo, ya que incluye un nivel de detalle técnico y administrativo que, en la práctica no va a tener la necesidad de abordar, ya que típicamente sería la empresa instaladora la que gestionaría los trámites, al igual que pasaría con cualquier cambio en la instalación eléctrica de una vivienda o edificio. En paralelo estamos trabajando en material más didáctico destinado a acercar el autoconsumo y sus posibilidades al público en general.
ESEFICIENCIA: ¿Qué agentes han intervenido en la elaboración de la guía y cuál ha sido la metodología empleada para realizarla?
Joan Groizard: La guía ha sido elaborada por el departamento solar de IDAE, en colaboración con EnerAgen, la asociación de agencias de energía regionales y locales, quienes están aportando la visión de las Comunidades Autónomas y entidades locales que también es clave.
Es importante señalar que hemos llamado a esta guía la versión “preliminar”, precisamente con el objetivo de que profesionales, empresas, sociedad civil y administraciones puedan aportar propuestas, plantear dudas o proponer mejoras para reforzar progresivamente el documento.
ESEFICIENCIA: ¿Cuáles son las principales novedades del nuevo Real Decreto 244/2019 desde el punto de vista del tipo de instalaciones y de su tramitación administrativa?
Joan Groizard: La principal función del Real Decreto 244/2019 es concretar el detalle de los cambios que ya introdujo el Real Decreto-Ley 15/2018 de medidas urgentes, que abolió el llamado “impuesto al sol” pero también creó nuevos conceptos que ahora se desarrollan: el autoconsumo colectivo (la posibilidad de que varios consumidores compartan una misma instalación de generación), la compensación simplificada (poder valorizar los excedentes de generación que no se utilizan para obtener descuentos en la factura eléctrica) o las “instalaciones próximas” (es decir, que la instalación de generación no tenga que estar conectada al interior del edificio que consume, sino que pueda estar situada a una distancia de hasta 500 metros, conectada al mismo centro de transformación o situada en la misma referencia catastral).
Además, el Real Decreto introduce mejoras adicionales, entre las que podríamos destacar las siguientes:
- Establece las comunicaciones que debe haber entre las distintas administraciones públicas, las empresa comercializadoras y las distribuidoras eléctricas, para evitar que el consumidor tenga que aportar la misma información varias veces en sitios distintos.
- Se facilita que la inversión en el sistema de generación de autoconsumo lo pueda hacer un tercero (como una empresa instaladora, comercializadora o una empresa de servicios energéticos), e ir cobrando al consumidor en función de los ahorros en la factura. Esto se consigue con una nueva interpretación de los llamados “servicios auxiliares”.
- Se facilita la instalación de sistemas de autoconsumo en grandes complejos como campus universitarios, complejos hospitalarios o espacios deportivos.
ESEFICIENCIA: ¿Qué es lo primero que un consumidor, individual o colectivo, o un instalador deben conocer antes de iniciar los trámites para una instalación de autoconsumo? ¿Con qué restricciones u obligaciones se pueden encontrar?
Joan Groizard: La primera consideración, aunque parezca evidente, es valorar si disponemos del recurso suficiente (por ejemplo, espacio sin sombras para placas fotovoltaicas o ubicaciones con viento para generadores minieólicos), y si en general vamos a ser capaces de consumir cuando esté disponible el recurso (es decir, cuando haga sol o viento, según el sistema de generación que instalemos). Lo recomendable en todo caso es que el consumidor acuda a una empresa especializada de instalaciones eléctricas, quien podrá valorar el potencial para cada caso concreto e incluso ofrecer información de precios. Para poder asesorar correctamente, es probable que la empresa instaladora necesite información del inmueble o la ubicación donde se pretende instalar el sistema, así como de las últimas facturas de la luz para poder estimar potenciales ahorros que se podrían conseguir con el autoconsumo.
También es importante valorar si el sitio donde queremos instalar sistemas de autoconsumo está sujeto a algún tipo de protección, por ejemplo de patrimonio en el caso de edificios históricos, o ambiental en caso de estar en espacios naturales. En estos casos, nos podríamos encontrar alguna restricción que limite el tipo o el tamaño de la instalación que podemos realizar.
ESEFICIENCIA: El nuevo RD contempla las figuras del autoconsumo sin excedente y con excedentes, así como instalaciones individuales y colectivas. ¿Son los mismos trámites para todas ellas? ¿Qué diferencias puede haber?
Joan Groizard: La normativa prevé que el autoconsumo puede ser sin excedentes, es decir, que está diseñado para que no se vierta energía a la red incluso si no se consume la energía que se podría generar en cada momento, o con excedentes, es decir, que sí puede haber vertidos de energía en ese caso. La principal diferencia en este caso es que, al tener un menor impacto potencial sobre la red, las instalaciones sin excedentes son ligeramente más sencillas de tramitar. No obstante, precisamente gracias a la nueva normativa, las instalaciones con excedentes también son más sencillas de tramitar que antes. Además, las modalidad “con excedentes” permite obtener un valor económico en los momentos en que no se está consumiendo la energía que se genera (por ejemplo, cuando estamos fuera de casa durante el día), y de cara al sistema son más útiles ya que suponen energía distribuida que se consume cerca de allí donde se genera.
En todo caso, las instalaciones de autoconsumo se deberían dimensionar para que la mayoría de la energía generada se autoconsuma en el mismo edificio, evitando sistemas sobredimensionados con grandes cantidades de excedentes.
Es importante no confundir las instalaciones de autoconsumo “sin excedentes” (donde el edificio está conectado a la red eléctrica, de la que importa energía cuando el sistema de autoconsumo no está generando lo suficiente) con las instalaciones aisladas, es decir, aquellas que no disponen de conexión a la red en ningún momento, que no están contempladas en la normativa de autoconsumo.
Además, una instalación de autoconsumo puede ser individual (esto es, asignada a un solo consumidor), o colectiva (es decir, que una misma instalación de generación sea compartida entre varios consumidores). La modalidad colectiva puede abaratar costes al tener instalaciones mejor dimensionadas, y permiten además aprovechar las cubiertas o fachadas mejor orientadas, por ejemplo, en la misma manzana o el entorno. Es una modalidad que será cada vez más relevante ya que la mayoría de la gente en España vive en comunidades de vecinos.
ESEFICIENCIA: De media, desde que se inician los trámites de una instalación de autoconsumo hasta que dicha instalación empieza a funcionar, ¿cuánto tiempo puede transcurrir en cada caso?
Joan Groizard: El tiempo de tramitación de una instalación de autoconsumo pueden variar considerablemente según la complejidad de la instalación o, sobre todo, posibles figuras de protección que haya sobre el edificio o la zona en que se ubica, pudiendo alargarse a un periodo de algunos meses.
Precisamente ahora estamos trabajando en identificar posibles barreras o retrasos por normativa autonómica o local que se puedan ir eliminando en colaboración con las Comunidades Autónomas y ayuntamientos.
ESEFICIENCIA: ¿Qué repercusiones se espera que pueda tener este nuevo marco jurídico en el conjunto de la sociedad española?
Joan Groizard: El autoconsumo es una pieza clave de la política energética de España, y en concreto del Plan Integrado de Energía y Clima 2021-2030. Esto es porque permite cumplir varios de los objetivos planteados: desde contribuir de forma importante al despliegue de las renovables, a la generación de puestos de trabajo locales y cualificados ligados a la instalación y mantenimiento de estos sistemas, a dar un papel más importante al consumidor, que deja de ser un sujeto pasivo en el sistema eléctrico para convertirse en un actor activo, que se implica más directamente y contribuye al cambio de modelo.
Entendemos que esa implicación activa del consumidor es esencial para hacer posible la transición energética.
ESEFICIENCIA: ¿Poseen datos estimados de la cantidad de megavatios de autoconsumo que se instalarán a medio/largo plazo y las repercusiones en el empleo en datos? Como el número de empleos directos o indirectos, facturación del sector, etc.
Joan Groizard: Una de las tareas pendientes es analizar específicamente el potencial de crecimiento del autoconsumo por sector y por territorio en cada caso. Un estudio reciente cifra en unos 130.000 empleos los que se podrían generar en España debido al autoconsumo y la generación distribuida, pero queremos contar con estudios propios que hagan un seguimiento detallado. El Plan Integrado de Energía y Clima plantea la necesidad de una Estrategia Nacional de Autoconsumo que identifique los objetivos específicos de autoconsumo para cada sector.
En todo caso lo que está claro es que el autoconsumo supone un ahorro en la factura energética tanto del que autoconsume como del resto de consumidores (al bajar la demanda de energía de la red) y que es una inversión que supone una importante actividad económica y la generación de puestos de trabajo especializados y localizados en el territorio.