La Comunidad de Madrid invierte 1,4 millones en el Plan Renove de Salas de Calderas

La Comunidad de Madrid invierte 1,4 millones en el Plan Renove de Salas de Calderas

La Consejería de Economía, Empleo y Hacienda de la Comunidad de Madrid ha previsto un presupuesto de 1,4 millones de euros para el Plan Renove de Salas de Calderas con el objetivo de mejorar la seguridad de las instalaciones así como velar por los efectos medioambientales que se produzcan en el aprovechamiento de los recursos energéticos mediante la reducción del consumo de energía en el sector de la edificación a través de este Plan.

La cuantía que recibirán los beneficiados viene determinada en función de la potencia térmica nominal de la nueva instalación.

Según el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, se podrán acoger a estas ayudas las comunidades de propietarios de dos o más viviendas, así como las personas físicas o jurídicas, titulares o arrendatarios de fincas de propiedad particular con dos o más viviendas, edificios de viviendas pertenecientes a Comunidades de Bienes o empresas e incluso edificios pertenecientes al Sector Terciario con potencia térmica nominal superior a 70 kW.

Gastos subvencionables

Respecto a las bases reguladoras de la concesión de ayudas, éstas se aprobaron por la Fundación de la Energía, en régimen de concesión directa para el desarrollo del Plan Renove.

En cuanto a los gastos subvencionables, las ayudas se destinarán a la reforma de instalaciones térmicas con generadores de calor existentes que no utilicen gas natural como combustible, tras las que se instalen generadores de calor como combustible. Las fechas de presupuesto, factura y justificante de pago deberán estar comprendidas entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de diciembre del mismo año, o hasta que finalice el periodo de prórroga, siempre que quede presupuesto.

Además, para ser subvencionable, las calderas deberán instalarse en la Comunidad de Madrid, y deberán ser completamente nuevas, lo que se acreditará mediante la correspondiente factura.

Cuantías y plazos

Respecto a la cuantía de las ayudas que se percibirá, ésta dependerá de la potencia térmica nominal de la nueva instalación y del tipo de combustible a sustituir, cuando el combustible a sustituir sea el carbón para edificios de uso residencial la cuantía del incentivo estará limitada al 50% del coste elegible y para edificios de uso no residencial al 30% del coste elegible. Por su parte, cuando el combustible sea otro diferente al carbón la cuantía del incentivo para edificios de uso residencial estará limitada al 20% del coste elegible y para edificios de uso no residencial al 12% del coste elegible. En cualquier caso, el IVA no está incluido.

Las solicitudes serán tramitadas por orden cronológico de entrada hasta agotar el presupuesto. Respecto a las solicitudes, éstas se canalizarán a través de empresas instaladoras adheridas.

 
 
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