El borrador del reglamento sobre el Bono Social refuerza la protección de los Consumidores Vulnerables

Bombilla. Lámpara. Pobreza energética. Consumidores vulnerables. Bono Social.

El Gobierno ha enviado a las Comunidades Autónomas los principales aspectos del reglamento que desarrolla el Real Decreto-Ley 7/2016 sobre el bono social tras haber recibido las aportaciones de los grupos políticos que contribuyeron a su aprobación en las Cortes. Según el comunicado emitido por el MINETAD, el borrador establece un mecanismo más eficiente, basado en criterios de renta de la unidad familiar, para que sea más accesible y refuerce la protección de los consumidores vulnerables y en riesgo de exclusión social.

El borrador establece un mecanismo más eficiente de acceso al bono social, aumenta la transparencia en la contratación del suministro eléctrico con nuevas obligaciones para las comercializadoras y refuerza la protección de los consumidores vulnerables.

Se crean diferentes categorías para los hogares vulnerables de acuerdo a unos umbrales de renta establecidos mediante el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que se ampliarán para una serie de circunstancias especiales (como el grado de discapacidad, entre otras) basadas en supuestos socioeconómicos. Además, se crea la categoría de hogares vulnerables severos, que estarán más protegidos y se beneficiarán de un descuento más elevado que los consumidores vulnerables.

Mecanismo más eficiente

El borrador establece que las comercializadoras deberán comunicar a los consumidores los impagos de sus facturas, desde el primer momento que suceda. Con carácter general para los consumidores, si no se ha recibido el pago de la factura en dos meses desde la reclamación fehaciente de pago, las comercializadoras podrán proceder a la suspensión del suministro. Este plazo se ampliará a cuatro meses para los consumidores vulnerables acogidos al bono social.

Las administraciones competentes en materia de política social tendrán un listado permanentemente actualizado de las suspensiones del suministro eléctrico previstas, lo que les permitirá identificar los casos de riesgo de exclusión social que puedan verse afectados y adoptar así las acciones necesarias para asegurar la protección de los consumidores con problemas de inserción social, evitando los cortes indeseados.

Como novedad fundamental, se crea una tercera categoría constituida por los hogares vulnerables severos en situación de exclusión social. En estos casos, cuando las autoridades competentes aporten ayudas que supongan una financiación del 50% de la factura, el suministro será declarado esencial y se cofinanciará junto con las comercializadoras eléctricas, impidiendo así el corte de suministro para estos hogares.

Transparencia en la contratación

Las comercializadoras deberán comunicar a sus clientes la posibilidad de acogerse al Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) y de solicitar el bono social si se cumplen las condiciones de renta establecidas. Además, se les informará de que la suscripción de contratos en mercado libre implica que no resulte aplicable la percepción del bono social.

Por último, las comercializadoras no podrán aplicar ninguna penalización o coste adicional ante cambios de contratos desde el mercado libre al PVPC, siempre que el consumidor acredite los requisitos para ser considerado vulnerable.

 
 
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