El Consejo de Ministros ha aprobado el pasado 23 de diciembre un Real Decreto Ley que establece un nuevo mecanismo de financiación del bono social de electricidad, así como diversas medidas de protección para los consumidores vulnerables. Debido a una reciente sentencia del Tribunal Supremo, la financiación del bono social había quedado invalidada, aunque las familiar en situación de pobreza energética podían continuar acogiéndose al mismo. Con este Real Decreto Ley se restablece la financiación del bono social que será asumido por las comercializadoras de energía eléctrica.
El bono social supone un descuento del 25% en la factura final de electricidad y pueden acogerse a él los consumidores más vulnerables, un colectivo que actualmente incluye a las familias con todos sus miembros en situación de desempleo, a los perceptores de pensiones mínimas, a las familias numerosas y a los consumidores con potencia contratada inferior a 3 kilovatios. Actualmente existen 2,4 millones de hogares acogidos al bono social.
Casos de suspensión del suministro eléctrico
La norma establece que no podrá suspenderse el suministro eléctrico a los consumidores en situación de especial vulnerabilidad que estén siendo atendidos por los servicios sociales de las Administraciones Públicas competentes. Se establece asimismo que las comercializadoras eléctricas cofinanciarán una parte de los gastos que las administraciones competentes estén ya realizando para atender a estos consumidores.
Por otro lado, se amplía de dos a cuatro meses el plazo para suspender el suministro a determinados grupos de consumidores vulnerables en caso de impago. Se da un mandato al Gobierno para que, en el plazo de tres meses, desarrolle la normativa necesaria para establecer los términos y condiciones de aplicación de estas medidas de protección al consumidor, así como para impulsar medidas de protección y de mejora de la transparencia en la contratación del suministro de los consumidores vulnerables.