Una vez finalizado el plazo para que las empresas españolas realizaran su primera auditoría energética, disponen de tres meses para registrarlas de manera adecuada en sus respectivas comunidades autónomas. Con el objetivo de ayudar a las compañías a entregar la documentación en tiempo y forma, la Asociación de Empresas de Eficiencia Energética (A3e) ha lanzado una web informativa en la que, a través de un mapa interactivo, se pueden ver los requisitos y la forma de entrega que cada comunidad autónoma exige.
Este site ofrece información sobre la documentación a presentar, el lugar para hacer el registro, la fecha de actualización de la información y, en el caso de las comunidad autónomas que ofrecen la posibilidad de un registro telemático, un enlace a la página web que cada comunidad ofrece para hacer el registro o para informarse.
Después del 14 de febrero, es decir, una vez finalice el periodo para el registro de auditorías, las comunidades autónomas serán las encargadas de llevar a cabo las labores de control e inspección del alcance y calidad de las auditorías. También serán las responsables de imponer sanciones a aquellas empresas que no hayan presentado la auditoría en tiempo y forma.
Según la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, el incumplimiento de la obligación se sancionará de acuerdo con la infracción cometida. Las sanciones ascienden a un máximo de 60.000 euros en caso de infracciones muy graves, 10.000 euros en caso de infracciones graves y 1.000 euros cuando se produzcan infracciones leves.