El pasado 19 de marzo el Boletín Oficial del Estado publicó la Orden IET/359/2016, de 17 de marzo, por la que se establecen las obligaciones de aportación al Fondo Nacional de Eficiencia Energética en el año 2016, dictada por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
Esta Orden establece el objetivo de ahorro energético en el año 2016, los porcentajes de reparto entre los correspondientes sujetos obligados y las cuotas u obligaciones de ahorro resultantes y su equivalencia económica.
Así, para el año 2016 se ha establecido un objetivo de ahorro agregado de 262 kteps o 3.046,51 GWh, con una equivalencia financiera de 67.916,58 euros por GWh ahorrado. Los sujetos obligados deberán realizar los ingresos al Fondo Nacional de Eficiencia Energética en cuatro pagos iguales a lo largo de 2016, siendo las fechas límite el 31 de marzo, el 30 de junio, el 30 de septiembre y el 31 de diciembre.
Contra esta Orden podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.
Esta Orden, dictada por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, cumple la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y eficiencia. Dicha ley asigna a las empresas comercializadoras de energía una cuota anual de ahorro energético denominada «obligación de ahorro» y les obliga a realizar una contribución financiera anual al Fondo Nacional de Eficiencia Energética por el importe resultante de multiplicar su obligación de ahorro anual por la equivalencia financiera correspondiente.