El Proveedor de Servicios Energéticos es una figura clave para la eficiencia energética en el nuevo Real Decreto 56/2016 aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 12 de febrero. Con el objetivo de estructurar y desarrollar este sector, aportando transparencia y fiabilidad a los consumidores, Aenor ha aprobado la «Especificación 0055. Clasificación de Proveedores de Servicios Energéticos», que fue presentada oficialmente durante una jornada celebrada el 11 de marzo en la sede de la asociación española de normalización.
Este encuentro, que tuvo un gran éxito de acogida, reunió a los representantes de Aenor y de las entidades promotoras del estándar: A3e (Asociación de Empresas de Eficiencia Energética); AMI (Asociación de Empresas de Mantenimiento Integral y Servicios Energéticos); ADHAC (Asociación de Empresas de Redes de Calor y Frío) y ATECYR (Asociación Técnica Española de Climatización y Refrigeración). Además, esta especificación también ha contado con la participación de ENERAGEN y 20 instituciones del sector, entre las que se encuentra el Ministerio de Industria y el IDAE, emitiendo sus comentarios, alegaciones y sugerencias.
Clasificación de Proveedores de Servicios Energéticos
La EA 0055 establece los requisitos mínimos, tanto técnicos como de experiencia, que debe cumplir un PSE para asegurar que realiza su actividad de acuerdo a unos estándares de calidad. La especificación clasifica los PSE en tres figuras: PSE de Consultoría y Auditorías Energética, PSE de Explotación y PSE de Inversión (Empresa de Servicios Energéticos).
PSE de auditoría y consultoría energética
- Debe realizar acciones de auditoría energética, consultoría, ingeniería y/o proyectos de eficiencia energética.
- Servicios prestados con unos criterios mínimos de calidad:
- Gestión energética: UNE-EN ISO 50001.
- Auditoría energética: UNE-EN 16247.
- Cálculo y/o verificación de ahorros: ISO 50015, IPMVP de EVO, Guía ASHRAE 14 o equivalente.
PSE de explotación
- Debe prestar labores de mantenimiento, explotación y control de cualquier tipo de instalación, edificio o industria consumidora de energía.
- Debe cumplir con las obligaciones impuestas a las actividades de empresa instaladora y mantenedora, en la especialidad o especialidades que correspondan.
PSE de inversión. Empresa de Servicios Energéticos (ESE)
- Debe realizar o llevar a cabo inversiones inmateriales, de obras o de suministros.
- Puede comprender además el mantenimiento, explotación o gestión. Cumplir clasificación anterior.
- Deben afrontar cierto grado de riesgo económico. Pago de servicios se debe basar, parcial o totalmente en los ahorros.
Niveles de categorización
Cada tipo de PSE tendrá tres niveles de categorización en función de variables como la facturación, el número de técnicos, el importe de los contratos y el número de comunidades autónomas en las que trabaja.
Durante la jornada de presentación, los ponentes hicieron hincapié el hecho de que no se trata de una categorización excluyente. De hecho, para el Nivel 1, se exige que en los últimos tres años la facturación haya sido como mínimo de 1 euro, que se haya formalizado al menos un contrato, que el número mínimo de auditores/arquitectos/ingenieros haya sido de uno y que haya trabajado en, al menos, una comunidad autónoma. Para los niveles 2 y 3 dichos baremos van ascendiendo.
Objetivos de la Especificación EA 0055
Aunque la aprobación de la EA 0055 se ha producido pocas semanas después del Real Decreto 56/2016, la realidad es que el documento ya estaba listo desde hacía meses. Las entidades promotoras han querido así mostrar su respeto al nuevo texto legislativo que transpone parcialmente la Directiva Europea de Eficiencia Energética al ordenamiento jurídico español.
El Real Decreto 56/2016 establece la obligación de realizar auditorías energéticas para las grandes empresas de más de 250 trabajadores o de más de cincuenta millones de euros de volumen de negocio. Las auditorías serán realizadas por auditores energéticos profesionales que cumplan con los requisitos de cualificación definidos en dicho Real Decreto.
Entre los promotores de la EA 0055 existe el convencimiento de que el cumplimiento de unos requisitos mínimos por parte de los proveedores de servicios energéticos, redundará en una mayor confianza del consumidor en la actividad de la eficiencia energética e impulsará el crecimiento de este sector.
La figura del Proveedor de Servicios Energéticos que establece el RD 56/2016 es muy amplia, y con la Especificación lo que hemos pretendido hacer las asociaciones promotoras es contribuir a ordenar el sector, dotando de mayor fiabilidad el proceso de búsqueda y contratación de una empresa que preste un servicio energético, sea cual sea éste
, ha explicado el gerente de A3e, Antonio López-Nava.
Por su parte, el secretario técnico de Atecyr, Arcadio García, considera que la especificación supone un paso más para clasificar y valorar a los profesionales de servicios energético competentes en el campo de la eficiencia energética, a fin de asegurar la aplicación efectiva y adecuada del RD 56/2016 y conseguir los objetivos nacionales de ahorro de energía por vía de la eficiencia
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La misma línea de opinión mantiene el presidente de ADHAC, Michel Maria, quien ha explicado que la EA 0055 supone el reconocimiento del sector de las redes de climatización y permite disponer de clasificaciones y categorías de las distintas tipologías de PSE, poniendo fin a una de las principales barreras del sector de los servicios energéticos, cual era la falta de criterios para poder identificar proveedores de los mismos
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Para el vicepresidente de AMI, Fernando Redondo, el nuevo estándar permite disponer de una normativa común, consensuada por todo el sector, accesible a todos los proveedores de servicios energéticos y sin criterios excluyentes para ser clasificado, contemplando la extensa variedad de proveedores de servicios energéticos existentes en nuestro país
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