La Asociación de Empresas de Servicios Energéticos, ANESE, reconoce la importancia que representa la reciente aprobación parcial de la Directiva Europea de Eficiencia Energética 2012/27/UE, que obliga a las grandes empresas a realizar auditorías energéticas periódicas y establece los requisitos para el ejercicio de la actividad profesional de proveedores de servicios energéticos, los cuales deberán disponer de un seguro de Responsabilidad Civil.
Tal y como hemos publicado recientemente, el Real Decreto aprobado en Consejo de Ministros el pasado 12 de febrero establece que todas las grandes empresas disponen de 9 meses para efectuar, de forma obligatoria, una auditoría energética que, además, deberá ser realizada cada cuatro años.
Respecto a los requisitos para el ejercicio de la actividad profesional de proveedores de servicios energéticos, el Real Decreto dictamina que deberán acreditar su cualificación en materia energética mediante titulación universitaria o de FP, o bien acreditando su competencia profesional teórica y práctica. En este sentido, ANESE ha diseñado y puesto en marcha una Clasificación específica para las
ESE, Empresas de Servicios Energéticos.
No obstante, fuentes de la Asociación han indicado que todavía queda por dar un último gran paso, ya que está pendiente de transponer al mercado español el artículo referente a la individualización y control de los consumos energéticos en cuanto a climatización de edificios existentes, no contemplado en el borrador presentado el 12 de febrero en el Consejo de Ministros.
La obligación de contar con estos sistemas de medición individual está marcada en la Directiva Europea de Eficiencia Energética para el 1 de enero de 2017.