Actualmente está abierto el plazo para acogerse al Programa de Instalación de Calderas de Biomasa en Galicia, que en esta convocatoria cuenta con un presupuesto de 12,5 millones de euros para implantar un millar de estos equipos en viviendas particulares, empresas, organismos públicos y entidades sin ánimo de lucro.
Al tratarse de dos convocatorias distintas, una para particulares y la otra para el resto de beneficiarios, los plazos de finalización son diferentes. Dato que empresas, organismos públicos y entidades sin ánimo de lucro deben tener en cuenta, ya que el 19 de febrero es el último día para solicitar las ayudas. En el caso de las viviendas y edificios residenciales, el plzao finaliza el 3 de marzo.
Con la instalación de este millar de calderas de biomasa, la Xunta prevé un ahorro económico anual de hasta 4 millones de euros en comparación con el empleo de otros combustibles convencionales, al tiempo que se evitará la emisión a la atmósfera de 30.000 toneladas de CO2 por ejercicio.
Particulares
Al Programa de Instalación de Calderas de Biomasa para particulares 2016 podrán acogerse propietarios o titulares de inmuebles de uso residencial, comunidades o mancomunidades de vecinos ubicados en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Como ya se ha indicado, la convocatoria está abierta desde el 3 de febrero y finaliza el próximo 3 de marzo. La cuantía de la ayuda será calculada en función de la potencia instalada y del tipo de instalación, siempre y cuando el importe de la subvención no sea superior al 50% del coste de la obra ni supere los 50.000 euros.
Asimismo, y para evitar fraudes, esta convocatoria también pone límites a la cuantía que pueden solicitar las entidades colaboradoras. En ese caso, el tope máximo de la ayuda asciende a los 120.000 euros. De igual manera, estas entidades no podrán tener más de 30 proyectos subvencionados.
El plazo límite para la ejecución de las obras y para justificar los gastos será el 30 de septiembre de 2016.
Empresas, organismos públicos y entidades sin ánimo de lucro
Podrán beneficiarse de este Programa de Ayudas organismos públicos, entidades sin ánimo de lucro, empresas legalmente consituidas y autónomos, cuyas actividades estén incluidas en el ámbito de aplicación del Reglamento (UE) núm. 651/2014, de 17 de junio de 2014.
La cuantía máxima de las ayudas será calculada en función de la potencia instalada y del tipo de instalación. Las entidades locales y autonómicas recibirán un 75% del total; las entidades jurídicas sin ánimo sin ánimo de lucro, el 50%, y las empresas y autónomos, el 45%. Cada proyecto no podrá recibir más de 200.000 euros.
De la misma manera, el plazo límite para la ejecución de las obras y para justificar los gastos será el 30 de septiembre de 2016.