Reglamentos de etiquetado energético para calderas de biomasa

El pasado 21 de julio de 2015 se publicaron en el Diario Oficial de la Unión Europea los Reglamentos que establecen los requisitos de diseño ecológico para calderas (Reglamento 2015/1189) y aparatos de calefacción local que usen combustibles sólidos (Reglamento 2015/1185), y los Reglamentos relativos al etiquetado energético de estos equipos (Reglamento 2015/1187 para calderas, y Reglamento 2015/1186 para aparatos de calefacción local). 

Los requisitos de ecodiseño son de obligado cumplimiento por parte de fabricantes y/o importadores para poder introducir sus productos en el mercado de la Unión Europea. Para el caso de las calderas, los requisitos recogidos en el Reglamento 2015/1189 aplicarán a partir del 1 de enero de 2020, mientras que para el caso de las estufas, los requisitos establecidos en el Reglamento 2015/1185 aplicarán a partir del 1 de enero de 2022. Para más información sobre los requisitos de ecodiseño recién aprobados para calderas y estufas de biomasa, ver el documento “Requisitos de ecodiseño para calderas y estufas de biomasa”.

A su vez, los requisitos relativos al etiquetado energético también son de obligado cumplimiento por parte de proveedores y distribuidores, suponiendo una información clara sobre el comportamiento energético de los equipos, y constituyendo un factor más a tener en cuenta en el proceso de decisión de compra por parte de los consumidores. Para el caso de las calderas, los requisitos recogidos en el Reglamento 2015/1187 aplicarán a partir del 1 de abril de 2017, mientras que para el caso de las estufas, los requisitos establecidos en el Reglamento 2015/1186 aplicarán a partir del 1 de enero de 2018.

 
 
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