El objetivo del Plan Renove de Sistemas de Iluminación en Ascensores de la Comunidad de Madrid es incrementar la eficiencia energética en el parque de ascensores instalados en la Comunidad de Madrid.
Este objetivo se concretará en la aplicación de incentivos para la sustitución del sistema de iluminación de la cabina del ascensor por otro tipo led, que incorpore además un sistema de apagado automático de la iluminación o de atenuación de cabina, o, la instalación de un sistema de apagado automático de la iluminación o de atenuación de cabina cuando la instalación de iluminación en cabina sea ya de tipo led, y que suponga un ahorro energético de, al menos, el 75% del consumo de iluminación del ascensor.
Además, se deben cumplir las condiciones siguientes:
- Los aparatos que se instalen deben ser nuevos, lo que se acreditará mediante la factura correspondiente.
- Una reducción de, al menos, un 75% del consumo respecto de la situación anterior a la sustitución.
- En el caso de instalación de detectores de presencia, se deberá dividir la iluminación de la cabina en dos circuitos: a) Circuito 1, iluminación de seguridad o cortesía, que estaría encendido permanentemente (por ejemplo un 25 % del total de la iluminación) o controlado en sus encendidos y apagados por los controles internos de la cabina; b) Circuito 2, iluminación de uso de personas, que estaría controlado exclusivamente por un detector de presencia (con la mayor parte del consumo de iluminación) y únicamente activo al detectar presencia de usuarios en la cabina del ascensor.
- Las actuaciones a realizar en los ascensores existentes deberán llevarse a cabo por las empresas registradas como conservadoras en la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid.
- En ningún caso se podrá acoger al Plan Renove la compra sin instalación, lo que se acreditará mediante la correspondiente factura emitida por la Empresa Conservadora Adherida al Plan Renove que realice la sustitución.
- Podrán acogerse al Plan Renove todas aquellas sustituciones realizadas desde el 1 de enero de 2015 y el 30 de diciembre de 2015, o hasta el agotamiento de los fondos disponibles.
- La cuantía del incentivo que podrán recibir los titulares de los ascensores que realicen su instalación ascenderá a 100 € por ascensor, salvo que se supere el 35% del coste elegible, en cuyo caso la cuantía del incentivo será el 35% del coste elegible.