Andalucía ha cerrado el año superando la barrera de los 50.000 certificados energéticos tramitados a través del aplicativo on line diseñado por la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo para que, de este modo, los profesionales que efectúen las auditorías energéticas en los distintos inmuebles puedan registrar los certificados concedidos por vía telemática. Así se consigue, por una parte, evitar a los ciudadanos la realización de ese trámite, y por otra facilitar su ejecución a los especialistas, que no deben desplazarse para ello hasta una Delegación Territorial.
En virtud del Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, deben efectuarse certificaciones energéticas en inmuebles que estén en uso si su propietario desea venderlo o alquilarlo, así como en todos los edificios administrativos donde se ocupe una superficie igual o superior a 250 m2 y sean frecuentados por el público.
Hasta su entrada en vigor, a mediados de este año, en Andalucía ya existía un decreto autonómico, el 169/2011, de 31 de mayo, que establecía la obligatoriedad de realizar una certificación energética para edificios de nueva construcción o sometidos a grandes reformas. Ese certificado andaluz no sólo recogía la calificación energética del edificio, sino también el cumplimiento de las exigencias básicas de ahorro energético y energías renovables, así como la validez de los Planes de Gestión de la Energía, que también deben elaborarse de acuerdo con dicha norma. Con la puesta en marcha del decreto de 2013, esa obligatoriedad también se hace extensiva por parte del Gobierno central a las edificaciones existentes de todo tipo que se vendan o alquilen, y a una parte de las sedes administrativas.
Por ese motivo, y para facilitar las gestiones que implica el registro del nuevo certificado –algo que el Gobierno central ha derivado hacia las autonomías-, la Junta de Andalucía ha adaptado la Orden de 25 de junio de 2008 con el propósito de que toda la tramitación pueda realizarse on line, evitándose molestias al usuario.
Actualmente, a finales de diciembre, el aplicativo on line que lo permite se ha convertido en el más utilizado de todos los desarrollados por la comunidad autónoma para realizar trámites por vía telemática: «Ya en su momento, a mediados de este año, realizamos un gran esfuerzo para que desde el mismo día en que entró en vigor el Real Decreto, los profesionales pudieran realizar estos trámites desde la propia web de la Consejería; lo conseguimos, y hoy estamos muy satisfechos tanto con la utilidad social que se desprende de las estadísticas de uso, como con el grado de satisfacción demostrado por nuestros usuarios», reconoce la directora general de Industria, Energía y Minas, María José Asensio.
Del mismo modo, la gestión telemática de estos trámites facilita la simplificación administrativa, transparencia y accesibilidad a la información y a los servicios, constituyendo además una herramienta que facilita el control administrativo de los certificados que se registren y el acceso sencillo de los ciudadanos a la información, al que tienen derecho de acuerdo con la normativa vigente.
Mediante este Real Decreto se incorpora al Derecho español la regulación de la certificación de eficiencia energética de edificios prevista en la Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, relativa a la eficiencia energética de los edificios. Con él se pretende informar del consumo energético, y aumentar la información del comprador o arrendatario en torno al edificio de su interés.
Además, el certificado energético que en él se regula posee dos utilidades fundamentales, que son favorecer la promoción de edificios de alta eficiencia energética, y dar la posibilidad de mejorar la calificación energética de los inmuebles y el índice de emisiones de CO2 a través de medidas que afectan al edificio, y que tendrán para el propietario un carácter voluntario.