Durango aprueba una ordenanza de bonificaciones fiscales para edificios rehabilitados con mejora de eficiencia energética.

El Ayuntamiento de Durango ha aprobado recientemente una Ordenanza Fiscal del Impuesto de Bienes Inmuebles para el año 2013 en la que se establece una bonificación del 50% de la cuota del IBI en edificios que sean rehabilitados con el objetivo de reducir el consumo energético no renovable del edificio. Para ello deberá concurrir una reducción de la demanda junto con una mayor eficiencia en las instalaciones térmicas y una mayor incorporación de energías renovables.

A través de esta nueva bonificación el municipio vizcaíno trata de incentivar que las intervenciones que se realicen en los edificios anteriores a la entrada en vigor del actual código de la edificación (2006) consideren la posibilidad de intervenir en una mejora de la eficiencia energética de los mismos. Por otro lado, servirá también para reforzar otro tipo de ayudas y para reducir el periodo de amortización en las inversiones que deban realizarse para la rehabilitación energética en general, considerada imprescindible principalmente en aquellos edificios muy poco eficientes (anteriores al año 1979).

Condiciones para adquirir la bonificación

Para poder obtener la aplicación de la bonificación será necesario cumplir una serie de condiciones:

  1. Que las instalaciones se acompañen de una intervención global para la limitación de la demanda energética en la envolvente del edificio a niveles del CTE-DB-HE1
  2. La adecuación de las instalaciones térmicas al vigente Reglamento de Instalaciones Térmicas en los edificios (RITE)
  3. Llevar la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación a niveles de CTE-DB-HE3
  4. Contar con la contribución solar mínima de agua caliente sanitaria a niveles de CTE-DB-HE4
  5. Que la aportación fotovoltaica mínima de energía eléctrica se adecúe a niveles de CTE-DB-HE5
 
 
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