El Consejo de Ministros aprueba una serie de medidas fiscales para reducir el déficit tarifario.

El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de medidas fiscales para la sostenibilidad energética, para hacer frente desde 2013 al problema del déficit tarifario, que a diciembre de 2011 alcanzaba los 24.000 millones de euros.

El texto del anteproyecto de ley recoge un nuevo gravamen homogéneo del 6% a la producción de energía para todas las tecnologías (régimen ordinario y especial), dos impuestos a la nuclear, un canon a la hidráulica, y "céntimos verdes" para el gas, el carbón y el fuel oil. Con estas medidas el Gobierno pretende recaudar cerca de 3.000 millones de euros.

Para el Ejecutivo, si no se adoptaran medidas, el déficit acumulado seguiría aumentando año a año y en 2015 podría llegar a ser el doble del actual.

Objetivos y principios del Proyecto de Ley

En primer lugar, el texto armoniza el sistema fiscal español con una utilización más eficiente de los recursos energéticos, respetando el medioambiente y logrando la sostenibilidad del sistema eléctrico. Además, establece un marco normativo y regulatorio que garantiza a todos los productores el adecuado funcionamiento del sistema eléctrico.

Igualmente, servirá de estímulo para mejorar los niveles españoles de eficiencia energética, asegurando una mejor gestión de los recursos naturales. El nuevo modelo representa también una apuesta clara por la sostenibilidad energética, mediooambiental y económico-financiera.

Los ingresos obtenidos en aplicación de la nueva Ley se destinarán a cubrir determinadas partidas de los costes del sistema eléctrico establecidos en la Ley del Sector Eléctrico, del 27 de noviembre de 1997.

PRINCIPALES MEDIDAS

Impuestos nucleares

El hecho imponible es la producción de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos resultantes de la generación de energía nuclear. El tipo será de 2.190 euros por kilogramo de metal pesado. Para este cálculo se ha eliminado a la central nuclear de Garoña.

Sustituirá a los actuales impuestos de Comunidades Autónomas sobre esta materia, con el fin de dar coherencia y uniformidad a los mismos. En consecuencia, este impuesto pretende: unificar los hechos imponibles gravados por diversas Comunidades Autónomas.

Canon a la generación hidroeléctrica

Se trata de un canon por la utilización de aguas continentales para la producción de energía eléctrica. Será recaudado por los Organismos de Cuenca destinado a la protección y mejora del dominio público hidráulico. El hecho imponible es el valor económico de la energía hidroeléctrica producida y se aplicará un tipo sobre el valor económico de la energía hidroeléctrica producida.

Céntimo verde a gas natural: (2,79 céntimos/m3)

Céntimo verde a carbón: (14,97 euros/ton)

Céntimo verde a fuel-oil y gasóleo (12,00 euros/ton fuelóleo y 29,15 euros/1.000 litros gasóleo)

• Impuestos sobre la venta de energía eléctrica

Es un tributo estatal, de carácter directo y naturaleza real, que grava la realización de actividades de producción de energía eléctrica. El hecho imponible es la venta de la producción de energía eléctrica. La base imponible está constituida por los ingresos totales percibidos (mercado+prima, en su caso) por la energía vendida por el sujeto pasivo en cada instalación. El tipo es "ad valorem" y único (6 %) a aplicar a los ingresos obtenidos por cada una de las instalaciones de producción de energía eléctrica.

 
 
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